La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tomó una relevante decisión el 9 de junio de 2026, al resolver la Controversia Constitucional 255/2025. El tribunal determinó que Baja California había excedido sus atribuciones al tratar de regular aspectos de la seguridad nacional dentro de su legislación local de transparencia.
El fallo destaca que la competencia para legislar en materia de seguridad nacional es exclusiva del Congreso de la Unión. Esta interpretación del artículo 73, fracción XXIX-M de la Constitución Política establece que este ámbito no permite legislación paralela de las entidades federativas. La seguridad nacional está reservada al orden federal y no puede depender de normativas diversas creadas por los estados.
La SCJN puntualizó que la seguridad nacional implica identificar riesgos estratégicos, definir amenazas para el país y establecer criterios uniformes sobre el manejo de información sensible. Estos elementos son fundamentales para la integridad y continuidad del Estado, y no deben ser sujetos a interpretaciones dispares de distintas legislaturas estatales.
En consecuencia, el tribunal declaró inválidos ciertos artículos de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y Apertura Institucional de Baja California. Esto incluye la anulación de la porción que permitía reservar información relacionada con la seguridad nacional, así como otro artículo que definía esta seguridad como causal de reserva informativa.
La resolución de la SCJN reafirma que la regulación en este ámbito debe ser uniforme y exclusivamente federal, evitando que cada estado imponga sus propias normas sobre un tema tan crucial para la nación.
Con información de cronista.com

