Las elecciones para elegir al presidente y vicepresidente de Colombia se realizarán el 31 de mayo de 2026. Esta jornada es crucial y aquellos que trabajen ese día deben estar informados sobre el monto a recibir por su labor en un día feriado.
El Código Sustantivo del Trabajo establece que el domingo es obligatorio como día de descanso. Si un empleado trabaja en este día, debe recibir una compensación especial según los artículos 14 y 15 de la Ley 2466 de 2025. Esta remuneración adicional no afecta el salario ordinario que le corresponde por haber trabajado toda la semana.
Para el 31 de mayo de 2026, se ha fijado un recargo del 80 % para el trabajo realizado en domingo. Este recargo se aplicará a las horas trabajadas y se suma al salario ordinario. Es importante señalar que este recargo no se verá afectado por el sueldo mensual establecido.
Si la jornada implica horas nocturnas, de 7:00 p. m. a 6:00 a. m., también se aplica un recargo adicional del 35 % sobre la tarifa estándar. Así, un empleado que trabaje en horario nocturno los domingos tendrá derecho a un pago de 80 % más 35 % adicional por las horas nocturnas.
Apoyándose en el Salario Mínimo Legal Mensual vigente de $1.750.905, el cálculo de la remuneración por trabajar el 31 de mayo se desglosa en varios pasos. Primero, se determina el valor del día ordinario, que es $58.363. Por el recargo del 80 %, se añadirá $46.690, resultando en un total de $105.053 a recibir.
Finalmente, la ley también establece que los empleadores deben conceder un tiempo remunerado para que los trabajadores puedan ejercer su derecho al voto, garantizando así la participación cívica y el acceso a las urnas de manera justa.
Con información de eltiempo.com

